a tomar por el culo, 2009!!
Month diciembre 2009
buenas noches (¿?)
buenas noches (¿?)
adiós, musicasetes!!
adiós, musicasetes!!
ahí va mi juventud, metida en dos bolsas de basura
coño!!! paquito!!!
coño!!! paquito!!! http://bit.ly/5A0Y4e (genial tira cómica de alex muñoz)
siesta
bueno…. ahora una siestecita y en unas horas para madrid otra vez….
Ohno ha decidido dejarme sin c…
Ohno ha decidido dejarme sin conexión. Que majos. Habrá que acostarse.
feliz día de la constitución
cualquier parecido con el #manifiesto NO es casualidad
Artículo 18
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
A la libertad de cátedra. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.
La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Artículo 117
1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley.
3. El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.
P4 3.0HT, 1GB, GF8600GT512 + C…
P4 3.0HT, 1GB, GF8600GT512 + Call of Duty 1.1 = C++ Buffer Overrun (estrenando el nuevo local adreno.magic-ero.callofduty-ero)
los «otros» derechos fundament…
los «otros» derechos fundamentales de internet: http://www.mimesacojea.com/2009/12/los-derechos-fundamentales-de-internet.html
Pat Condell, mi nuevo ídolo
«ni una sola de sus afirmaciones absurdas sobre la realidad tiene una esperanza en el infierno de sostenerse en una corte»
como decíamos ayer…. desde hoy Pat Condell es mi nuevo ídolo, no os perdáis el resto de enlaces relacionados de la wikipedia donde podréis encontrár vínculos a más sitios relacionados con este predicador del sentido común.
gracias a escolar por descubrírmelo, vía ateísmo agresivo.
RT @fuckowski: Si quieres nomi…
RT @fuckowski: Si quieres nominar a Enrique para la gala debate del sábado, envía «EDANS» a @desdelamoncloa (#OperacionTrepa)
#Manifiesto: En defensa de los derechos fundamentales en Internet
Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
NOTA: Este manifiesto fue redactado conjuntamente por periodistas, bloggers e internautas durante la tarde-noche de ayer. Si estás de acuerdo, difúndelo por todas las vías que puedas.…
giras tú
vía Observatorio, APOD
RT @mmeida Mangas Verdes | Sob…
RT @mmeida Mangas Verdes | Sobran los jueces http://bit.ly/6cRBnK #debatesinde
RT @fred_SSC el tamaño de las…
RT @fred_SSC el tamaño de las «condiciones legales» es directamente proporcional a la ilegalidad que pretenda justificar el proveedor